Compañías Telefónicas y Operadores de Celulares Entregarán solamente, ubicación y Localización de celulares e identificación del dueño o titular de la Linea.
Viceministro de Gobierno Interior del Perú deja en claro que la Policía Nacional del Perú recabará información sobre localización de Celulares siempre que: exista flagrancia del delito y que la norma no autoriza la interceptación o chuponeo de las comunicaciones.
Segun el Decreto Legislativo 1182; en un plazo de treinta días, luego que el Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, el Ministerio de Justicia y la Policía Nacional aprueben un protocolo de cumplimiento, se iniciará la aplicación del Decreto que permitirá a las autoridades en tiempo real UBICAR GEOGRAFICAMENTE EL CELULAR ( Localización Celular ), o cualquier otro dispositivo electrónico móvil, de los denunciados por extorsión.
Mauro Medina Guimaraes, viceministro de Orden Interno, general PNP (r)explicó que la norma reducirá drásticamente el periodo promedio de noventa días que tardaba una autorización judicial para que las empresas telefónicas entregaran a la Policía Nacional información sobre la localización de CELULARES DE LAS BANDAS DE DELINCUENTES, EN flagrancia del delito existente
Segun el Decreto Legislativo 1182; en un plazo de treinta días, luego que el Poder Judicial, la Fiscalía de la Nación, el Ministerio de Justicia y la Policía Nacional aprueben un protocolo de cumplimiento, se iniciará la aplicación del Decreto que permitirá a las autoridades en tiempo real UBICAR GEOGRAFICAMENTE EL CELULAR ( Localización Celular ), o cualquier otro dispositivo electrónico móvil, de los denunciados por extorsión.
Mauro Medina Guimaraes, viceministro de Orden Interno, general PNP (r)explicó que la norma reducirá drásticamente el periodo promedio de noventa días que tardaba una autorización judicial para que las empresas telefónicas entregaran a la Policía Nacional información sobre la localización de CELULARES DE LAS BANDAS DE DELINCUENTES, EN flagrancia del delito existente
Esta ley fue publicada el 27 de julio y regula el uso de datos para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, para fines de la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, las empresas de telefonía, a pedido de la policía, y previa autorización de un fiscal, estarán obligadas a entregar los datos requeridos en un plazo de 24 horas. Después la solicitud deberá ser validada por un juez.
Aunque la norma podría ser utilizada para otros fines y representar una amenaza para los derechos de los ciudadanos
Al existir un delito de extorsión vía telefónica, desde el interior de un penal o desde cualquier lugar, la policía solicitaba al fiscal de turno y al juez la autorización para ubicar el teléfono o el aparato electrónico. Después de un largo proceso recién salía la autorización, cuando el extorsionador ya había cambiado de teléfono o de chip, lo que dificultaba la posibilidades de la captura"
Si una persona es extorsionada con celular o cualquier aparato electrónico, con la ley de geolocalización se podrá ubicar el espacio geográfico en el que se encuentra el delincuente, e incluso se podrá identificar a quien pertenece el teléfono móvil. El policia debe comunicar de inmediato al fiscal por escrito la denuncia de extorsión. quien tiene la obligación de emitir un informe que sustenta el requerimiento dentro de las 24 horas para que el juez convalide el informe.
La coordinación para el requerimiento de la información a las cuatro empresas telefónicas MOVISTAR, CLARO, ENTEL Y BITEL, sería asignada a la División de Investigación de Alta Tecnología (Divindat), que pertenece a la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri). El Decreto Legislativo 1182 precisa que la norma no autoriza de ninguna manera el espionaje telefónico.
La ley está referida estrictamente a los datos de localización o localización y se excluyen expresamente cualquier tipo de intervención de las comunicaciones", indica el dispositivo legal. La norma No representa una amenaza a los derechos de los ciudadanos. Este dispositivo es solamente para ubicar geográficamente el teléfono e identificar a quien pertenece el aparato, no permite acceso al contenido de las comunicaciones. Nada tiene que ver con la escucha legal, ni las interceptaciones telefónicas ordenadas por un juez. Los derechos humanos y la libertad de prensa están garantizados", afirmó.
Dicha Propuesta Fue Promovida por División de Investigación de Secuestros y desapariciones
Esta iniciativa para la identificación, localización y geolocalización de los equipos de comunicación fue promovida por el jefe de la División de Investigación de Secuestros (Divise) de la Dirincri, coronel PNP Edwin Rojas Mejía, ante el notable incremento de las extorsiones y la poca colaboración de las compañías telefónicas para informar sobre los aparatos móviles que utilizan los delincuentes. "Era una necesidad vital para lograr neutralizar a las organizaciones criminales. No teniamos las herramientas para ubicar en tiempo real el teléfono que era usado para la extorsión. Ahora, con esta ley, se va a capturar en tiempo récord a los extorsionadores", la propuesta fue planteada al ministro del Interior, José Pérez Guadalupe, quien la tomó como suya y procedió a hacer las consultas con el Ejecutivo. La ley facilitará acciones contra la extorsión secuestro y otros delitos conexos.
PUNTOS DE VISTA
La Ubicación Geografica de Celular o La localización y geolocalización es un derecho de las personas. Lo ideal hubiera sido que la norma se discuta en el Congreso, pero este le ha delegado facultades al Ejecutivo en esta materia. La norma, sin duda, restringe derechos pero es una restricción legítima y persigue un fin constitucionalmente válido, que es la lucha contra la delincuencia. No se trata de cualquier situación, o cuando se le ocurra al policía, es cuando se está presentando flagrancia delictiva y sea necesaria la ubicación de quienes han utilizado esos equipos para cometer los delitos. Es una medida conforme a la Constitución porque esta exige que se requiera una autorización judicial previa para ingresar en el contendido de las comunicaciones, y esto se cumple.
VIOLACION DE LA PRIVACIDAD
La referida ley atenta contra el derecho de la privacidad ya que es una solicitud directa sin pasar por un juzgado o fiscalía. Sin tener un debido procedimiento la policía va poder acceder o dentrar a los datos de las comunicaciones, ¿ quién llama?, ¿a dónde se llama?, ¿ cuánto dura la llamada?, ¿desde dónde se realiza la llamada?, es decir, la localización o geolocalización.
La policía va a tener los datos y tiene un periodo de 24 horas para pedir la revalidación de esta información al juez, y si el juez no lo revalida, igual los datos estarán en poder de la policía. La pregunta es, ¿quiénes más van a tener acceso a estos datos?, ¿dónde se van a almacenar los datos?, ¿qué pasa si el juez dice que no se puede utilizar? ¿Cómo se van a borrar? Todo eso queda es una Interrogante que queda en el aire.